Por : Alberto Acosta, [1]
“La idea de que el libre comercio beneficia siempre y a todos, es simplemente una falacia o ingenuidad extrema más cercana a la religión que a la ciencia, y no resiste un profundo análisis teórico, empírico o histórico.”
“Mientras que sin duda una adecuada especialización y comercio entre países con similares niveles de desarrollo puede ser de gran beneficio mutuo, una liberalización comercial a ultranza entre economías con grandes diferenciales de productividad y competitividad, significa graves riesgos para los países de menor desarrollo relativo dada la probable destrucción de su base productiva, y, con ello, la destrucción de puestos de trabajo sin capacidad de crear nuevos empleos, todo lo cual constituye una verdadera bomba social”.
Rafael Correa (2006)[1]
Algunos antecedentes
El gobierno del presidente Rafael Correa, desde el inicio del año 2011, busca un nuevo acercamiento con la Unión Europea (UE) para, según la carta oficial del 17 de febrero, “concluir el Acuerdo Comercial Multipartes”.[2]
En ese entonces, el creciente déficit comercial global bordeó los 1.500 millones de dólares, provocado por la ausencia de una clara e inteligente concepción estratégica de inserción en la economía mundial[3], que coincidió con la finalización (temporal) de las preferencias arancelarias andinas (ATPDEA), creó las condiciones para que diversas fuerzas interesadas, dentro y fuera del gobierno, presionen para que el régimen retome las negociaciones. Al parecer aupada por determinados círculos gubernamentales, la presión mediática creció para tratar convencer a la sociedad de que esta negociación es indispensable para el país. Se exacerbó conscientemente el síndrome del atraso en relación a las negociaciones avanzadas con Colombia y Perú y, del miedo a quedarse sin TLC.[4]
Incluso se llegó al chantaje burdo : “El solo hecho de estar en la incertidumbre de renovaciones cortas (de la ATPDEA) hace que nuestros clientes busquen otros proveedores en el mundo. Peor aún si es que el Ecuador pierde por completo las preferencias, nuestra exportación se reducirá a cero”, se llegó a afirmar sin empacho alguno por parte de algún representante de los gremios de la producción.[5]
Una afirmación de ese tipo, orientada a generar angustia en la sociedad, carece de todo asidero. Téngase presente simplemente que el monto del “beneficio” de la ATPDEA -es decir los aranceles “ahorrados” por este concepto- durante los cuatro años del gobierno del presidente Correa, del 2007 al 2010, no llegó a 105 (ciento cinco) millones de dólares ; una cantidad muy pequeña en relación a las exportaciones hacia los EEUU, las que, en el mismo período, superaron los 25,2 mil millones de dólares, mientras que las exportaciones globales bordearon los 64 mil millones de dólares. Para ponerlo en porcentajes, el beneficio de dichas preferencias representó apenas el 0,41% de las exportaciones a los EEUU y el 0,16% de las exportaciones totales. Además, luego de que expirarán las preferencias arancelarias en febrero de 2011, las exportaciones a los Estados Unidos –en contra de esos anuncios pesimistas- crecieron, no disminuyeron. Estas preferencias fueron reestablecidas con efecto retroactivo, en octubre del mismo año.
Antes de continuar con las reflexiones relacionadas al posible TLC con la Unión Europea y sus amenazas para la Constitución de Montecristi, veamos -a vuelo de pájaro- un par de rasgos fundacionales de la nueva economía que exige el régimen del Buen Vivir, entendido como una alternativa al desarrollo y no simplemente como una alternativa de desarrollo.
Dejemos sentado desde el inicio que el Buen Vivir no sintetiza ninguna propuesta totalmente elaborada. El Buen Vivir, en realidad, se presenta como una oportunidad para construir colectivamente nuevas formas de vida. No se trata simplemente de un recetario plasmado en unos cuantos artículos constitucionales y tampoco plantea un nuevo régimen de desarrollo. El Buen Vivir constituye un paso cualitativo para disolver el tradicional concepto del progreso en su deriva productivista y del desarrollo en tanto dirección única, sobre todo en su visión mecanicista de crecimiento económico, así como sus múltiples sinónimos. Pero no solo los disuelve, el Buen Vivir propone una visión diferente, mucho más rica en contenidos y, por cierto, más compleja[6].
El Buen Vivir exige otra economía, una economía solidaria
El valor básico de la economía, en un régimen de Buen Vivir, es la solidaridad. Por lo tanto, por disposición de la Constitución del 2008, se busca una economía distinta a la actual, caracterizada falsamente por la búsqueda de la libre competencia, proceso que en realidad anima al canibalismo económico entre seres humanos y que alimenta la especulación financiera. Recordemos que al alentar la libre competencia, sobre todo desprovista de normas para regular los mercados, se propicia la concentración oligopólica o directamente la monopólica, tendencia consustancial capitalismo.
A partir de la definición constitucional de una economía social y solidaria se aspira a construir relaciones de producción, de intercambio y de cooperación que propicien la suficiencia (más que la sola eficiencia) y la calidad, sustentadas en la solidaridad. Se habla de productividad y competitividad sistémicas, es decir medibles en avances de la colectividad y no sólo de individualidades sumadas muchas veces en forma arbitraria. Sin pretender ofrecer un recetario de lo que se puede hacer, son muchos los aspectos a ser considerados, algunos de los cuales se puntualizan a continuación.
El ser humano, al ser el centro de la atención, según mandato constitucional, es el factor fundamental de la economía. Y en ese sentido, rescatando la necesidad de fortalecer y dignificar el trabajo, se proscribe cualquier forma de precarización laboral, como la tercerización. El incumplimiento de las normas laborales puede ser penalizado y sancionado.
El mundo del trabajo en el Buen Vivir forma parte fundamental de la economía solidaria, entendida también como la economía del trabajo. El trabajo es la base de la economía. Por lo tanto se plantea el reconocimiento en igualdad de condiciones de todas las formas de trabajo, productivo y reproductivo. El texto constitucional representa un avance histórico al señalar que “el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía….” (art. 33) ; y que “el Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas, con inclusión de las labores de autosustento y cuidado humano ; y como actores sociales productivos a todas las trabajadoras y trabajadores” (art. 325).
Este enfoque del trabajo se consolida con las disposiciones relativas a la inclusión y la no discriminación, la igualdad de género, los derechos reproductivos en el espacio laboral. Muchas de estas conquistas constitucionales pueden verse seriamente amenazadas por un TLC[7].
Entonces, si el trabajo es un derecho y un deber social, en una sociedad que busca el Buen Vivir, cualquier forma de desempleo no puede ser tolerada. El reto del Buen Vivir, que en gran medida estará asociado al tema del trabajo, tendrá que resolverse por el lugar que se otorga al trabajo humano no simplemente para producir más, sino para vivir bien. Puestas las cosas en su debido orden, el trabajo contribuirá a la dignificación de la persona.
Igualmente habrá que procesar, sobre bases de equidades reales, la reducción del tiempo de trabajo y su redistribución, así como la redefinición colectiva de las necesidades axiológicas y existenciales del ser humano en función de satisfactores ajustados a las disponibilidades de la economía y la Naturaleza. Más temprano que tarde, tendrá que darse prioridad a una situación de suficiencia, en tanto se busque lo que sea bastante en función de lo que realmente se necesita, antes que una siempre mayor eficiencia sostenida sobre bases de una incontrolada competitividad y un desbocado consumismo, que ponen en riesgo las bases mismas de la sociedad y de la sustentabilidad ambiental.
Ya no se trata solamente de defender la fuerza de trabajo y de recuperar el tiempo de trabajo excedente para los trabajadores, es decir de oponerse a la explotación de la fuerza de trabajo. En juego está, además, la defensa de la vida en contra de esquemas organización de la producción antropocéntricos, causantes de la destrucción del planeta por la vía de la depredación y la degradación ambientales, como sucede con la mercantilización de los llamados servicios ambientales.
Esta acción, por cierto, debería hacerse extensiva a todas aquellas formas de producción, como la extractivista, que sostienen las bases materiales del capitalismo. Fijarse exclusivamente en los retos globales, marginando o negando los locales es un engaño que puede provocar perversas consecuencias. Los países productores y exportadores de materias primas, es decir de Naturaleza, insertos como tales sumisamente en el mercado mundial, son funcionales al sistema de acumulación capitalista global y son también indirecta o aun directamente causantes de los problemas ambientales globales. El extractivismo[8], en definitiva, no es compatible con el Buen Vivir no sólo porque depreda a la Naturaleza, sino porque mantiene una estructura laboral explotadora de la mano de obra, a la que, por lo demás, no le asegura un empleo adecuado.
De lo anterior se desprende que la organización misma de la economía debe cambiar de manera profunda. El mercado por sí solo no es la solución, tampoco lo es el Estado. El subordinar el Estado al mercado, conduce a subordinar la sociedad a las relaciones mercantiles y al egolatrismo individualista. Lejos de una economía sobredeterminada por las relaciones mercantiles, en el Buen Vivir se promueve una relación dinámica y constructiva entre mercado, Estado y sociedad. Se busca construir una sociedad con mercados en plural, para no tener una sociedad de mercado, es decir mercantilizada. No se quiere una economía controlada por monopolistas y especuladores casa adentro. Menos aún se puede mantener la economía nacional sobre determinada por las demandas y mandatos de los capitales transnacionales, algo que se agravaría si se firma un TLC. Por cierto, tampoco se promueve una visión estatista a ultranza de la economía.
Los mercados requieren una reconceptualización política, que conduzca a regulaciones adecuadas. Los mercados reflejan relaciones sociales sujetas a las necesidades de los individuos y las colectividades. Los mercados deben ser entendidos como espacios de intercambio de bienes y servicios en función de la sociedad y no sólo del capital. Es más, el buen funcionamiento de los mercados, para los fines instrumentales que la sociedad les asigna, exige que no sean completamente libres. Los mercados libres nunca han funcionado bien y han acabado en catástrofes económicas de distinta naturaleza. Sin un marco legal y social adecuado, los mercados pueden resultar inmorales, ineficientes, injustos y generadores del caos social, como sucede con frecuencia con las mal llamadas propuestas de libre comercio.
Además, de ninguna manera se puede creer que todo el sistema económico debe estar inmerso en la lógica dominante de mercado, pues hay otras muchas relaciones que se inspiran en otros principios de indudable importancia ; por ejemplo, la solidaridad para el funcionamiento de la seguridad social o las prestaciones sociales, pero también en otros ámbitos como el de la alimentación, la salud o la vivienda. Similar reflexión se podría hacer para la provisión de educación pública, defensa, transporte público, servicios de banca pública y otras funciones que generan bienes públicos que no se producen y regulan a través de la oferta y la demanda. No todos los actores de la economía, por lo demás, actúan movidos por el lucro.
Por lo tanto, siguiendo el pensamiento del gran pensador norteamericano Karl Polanyi (1992)-quien dijo que“el mercado es un buen sirviente, pero un pésimo amo”-, al mercado hay que organizarlo y controlarlo, pero no asumirlo como mecanismo de dominación. Los mercados habrán de ser civilizados ; esto implicará regulaciones e intervenciones estatales, tanto una creciente participación de la sociedad. Una ley para normar la competencia y erradicar toda forma de abuso oligopólico o monopólico, como manda la Constitución, es lo mínimo que se puede esperar. Pero establecer normas que atiendan preferentemente a los inversionistas extranjeros, como pretenden los TLC, es algo intolerable en una economía solidaria.
Para enfrentar la gravedad de los problemas existentes en la economía hay que desarmar las visiones simplificadoras y compartamentalizadas. No hay ni puede haber recetas, es decir un listado indiscutible de acciones a seguir ; está fresco en la memoria el fracaso estrepitoso de un mundo al que se quiso organizar alrededor del mercado, a partir del recetario inspirado en el Consenso de Washington. Similar reflexión es válida si recordamos los fracasos de aquellas opciones estadocéntricas a ultranza.
Se precisan respuestas políticas que hagan posible un proceso de construcción sustentado en la vigencia de los derechos fundamentales (Derechos Humanos y Derechos de la Naturaleza[9]), como base para una sociedad solidaria, en el marco de instituciones biocéntricas que aseguren la vida.
Esta nueva economía consolida el principio del monopolio público sobre los recursos estratégicos, pero a su vez establece una dinámica de uso y aprovechamiento de esos recursos desde una óptica sustentable, con la necesidad de disponer de mecanismos de regulación y control en la prestación de los servicios públicos desde la sociedad. Las compras públicas ocupan por igual un puesto preferente. Las privatizaciones de los servicios públicos están prohibidas. El agua, no sólo que no puede ser privatizada, sino que constituye un derecho humano fundamental.
Igualmente esta Constitución considera las diversas formas de hacer economía : estatal, pública, privada, mixta, comunitaria, asociativa, cooperativa… desde donde se debe repensar toda la organización de la economía a partir de la sustentabilidad y la solidaridad.
La redistribución de la riqueza (de la tierra y del agua, por ejemplo) y la distribución del ingreso, con criterios de equidad, así como la democratización en el acceso a los recursos económicos, como son los créditos, están en la base de esta economía solidaria. Las finanzas deben cumplir un papel de apoyo al aparato productivo y no ser más simples instrumentos de acumulación y concentración de la riqueza en pocas manos ; realidad que alienta la especulación financiera.
La Constitución propone también la construcción de una nueva arquitectura financiera, en donde los servicios financieros son de orden público. Allí se reconoce a las finanzas populares como promotoras del desarrollo y se incentiva la creación de una banca pública de fomento, como aglutinadora del ahorro interno e impulsadora de economías productivas de características más solidarias. Un tratamiento preferente reciben las cooperativas de ahorro y crédito, así como a las diversas formas de ahorro popular, también reconocidas constitucionalmente.
Esta Constitución abre la puerta también a la integración regional. Sin la integración de los países de Nuestra América, elevada a la categoría de objetivo constitucional, no hay la posibilidad de superar las actuales condiciones de deterioro social y económico existentes. Ese es un paso fundamental para que los pueblos de la región puedan insertarse con dignidad e inteligencia en el contexto mundial. Las propuestas tipo TLC van en la dirección contraria.
Acuerdo de asociación o acuerdo multipartes como sinónimos de un TLC
Haciendo caso omiso a las afirmaciones tremendistas de que sin TLC nos quedamos aislados, propias del “terrorismo económico”[10], preguntémonos ¿de qué se trata un Acuerdo Comercial Multipartes ? Aclarar esta pregunta resulta vital.
Los europeos, como bloque, plantearon inicialmente a los andinos, como bloque, negociar un Acuerdo de Asociación. Esta aproximación entre bloques, como lo dejamos sentado al inicio, fracasó. Al retirarse Bolivia, que cuestionó dicho acuerdo de asociación en tanto reeditaba la lógica de los TLC, los tres países andinos restantes en la CAN recibieron la oferta de un Acuerdo Comercial Multipartes, un eufemismo para negociar bilateralmente acuerdos entre la UE y cada uno de los países andinos. Esta propuesta, hasta ahora, solo prosperó con Colombia y Perú.
El Gobierno de Ecuador propuso profundizar en otros criterios en este tipo de acuerdos. Se habló entonces de un Acuerdo Comercial para el Desarrollo, que debía agregar a las negociaciones, a más de los temas comerciales, la cuestión de la cooperación y, por cierto, aspectos políticos, como los referidos a las cuestiones migratorias. Aquí concretamente se cuestionó la Directiva del Retorno, que criminaliza la movilidad humana.
La respuesta europea al planteamiento ecuatoriano fue ambigua. Así, cuando Ecuador en el 2010 demostró el interés de volver a negociar, la UE dijo tener la predisposición para conversar dejando claramente sentadas algunas cuestiones que limitaban el planteamiento del gobierno ecuatoriano. Sobre lo político se dijo que la Comisión no tenía un mandato suficiente otorgado por el Parlamento Europeo y que otros temas debían ser negociados con cada uno de los países miembros. En lo referente a la cooperación apenas se mostró interés en revisar la forma de distribución de los recursos ya comprometidos para los próximos años.
En suma, lo que quedó abierto es retomar los diálogos en el ámbito netamente comercial/económico planteado en las diferentes mesas de negociaciones sobre inversiones, servicios públicos, propiedad intelectual, acceso a mercados de bienes agrícolas y bienes no agrícolas, reglas de origen, medidas sanitarias y fitosanitarias, compras públicas, política de competencia, facilitación en aduanas, comercio y desarrollo sostenible, solución de diferencias… temas que fijan los límites de las negociaciones propuestas por la UE.
Vistas así las cosas, si no existe una real apertura europea para incorporar las cuestiones que tienen que ver con un verdadero diálogo político, con una perspectiva profunda e incluso estructural, sobre bases de equidad no de igualdad, el Ecuador, al entrar nuevamente en el tren de las negociaciones avanzadas por peruanos y colombianos, caería por una suerte de embudo que le conduciría inexorablemente a un acuerdo tipo TLC.
Esa parece ser la orientación que ha asumido el gobierno del presidente Correa. En la comunicación enviada el 17 de febrero del 2011 por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador al jefe negociador de la UE, se trata básicamente de los temas de compras públicas y servicios. Otros aspectos fundamentales, como la propiedad intelectual o el migratorio, no aparecen en dicha misiva. Parecería que de parte del gobierno ecuatoriano no hay conciencia o interés por este tipo de cuestiones cruciales en este tipo de acuerdos tipo TLC. Esta es una situación preocupante.
Querer negar los riesgos que implica la negociación con la UE o tratar de decir que el Acuerdo Comercial Multipartes por definición, sin analizar sus contenidos, no implica el riesgo de un TLC significaría un elevado grado de ingenuidad o sería simplemente un engaño a la sociedad. Poco ético sería tratar de presentar al Acuerdo Comercial Multipartes como un Acuerdo Comercial para el Desarrollo.
Recuérdese lo que afirmó el comisario europeo Peter Mandelson, en la Cumbre de Presidentes de América Latina y el Caribe – Unión Europea, realizada en Lima, en mayo del 2008, cuando señaló que el pilar comercial del “Acuerdo de Asociación”, antesala fracasada del Acuerdo Comercial Multipartes, era, esencialmente, un TLC y que no aceptarían otras propuestas por fuera de ese marco. El fue categórico, cuando agregó “que quien insistiera en esas propuestas se vería excluido de las negociaciones”[11]
Esta pretensión europea, de lo que sabemos, no ha sido archivada. La propuesta comercial europea plantea exigencias tipo “OMC plus”, que van más allá de lo acordado en la Organización Mundial de Comercio (OMC). Esto es también más complejo en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual, por lo que incluso se ha llegado a hablar de un “ADPIC plus”.[12]
Estas pretensiones librecambistas han sido rechazadas, explícitamente, al menos hasta el momento. Pero parecería que hay condiciones que podrían afectar dicha convicción. Algunos personajes, inclusive dentro del gobierno, como la ministra coordinadora de la Producción, defienden abiertamente las tesis librecambistas, incluso acomodando conceptos para ocultar sus reales contenidos.
Sorprende también que en las filas del gobierno, directamente en el equipo negociador con la UE participen, al más alto nivel, personas que alentaron el TLC con los EEUU. Estos personajes, quienes hasta hace pocos años eran defensores de los TLC, sin haber cambiado para nada su posición ni sus objetivos, hablan de Acuerdo Comercial Multipartes o inclusive de un Acuerdo Comerciales para el Desarrollo, sabiendo que los contenidos de dichos acuerdos sean del tipo TLC.
El TLC, amenaza para el desarrollo
Los sectores que auspician el Tratado de Libre Comercio (TLC) omiten que los TLC son muchos más que tratados de comercio. Nada indican sobre las sumisiones geopolíticas y económicas que implican. No es tema de discusión la cuestión de las restricciones sociales y ambientales que imponen los TLC. Se obvia reconocer los impactos nocivos sobre el empleo en determinadas actividades productivas, como la agraria. Poco o nada les importa que los TLC congelen las estructuras productoras y exportadoras sustentadas en el extractivismo, impuesto hace más de 500 años con la llegada de las carabelas españolas. Y por cierto tampoco reconocen que son propuestas al servicio de los intereses de los capitales transnacionales.
En este contexto, es preciso desmontar los componentes de los que significa un Acuerdo Comercial Multipartes. Recuérdese que en este tipo de acuerdos prima la parte comercial-económica, mientras el diálogo político y el componente de cooperación se mueven bajo otras lógicas. Seguir por esta senda, sin un análisis crítico, podría fortalecer el “bobo aperturismo”, que tanto cuestionaba años atrás Rafael Correa.
Conocemos los riesgos y las amenazas de los TLC. Bastaría con rescatar los trabajos que se elaboraron cuando el Ecuador estuvo cerca de firmar un TLC con los EEUU.[13]
Ahora, de conformidad con el estudio preparado por investigadores de FLACSO – Ecuador y del CEDLAS/UNLP-Argentina[14], que se incorpora en este libro, el acuerdo entre Ecuador y la UE generaría, a nivel agregado, efectos en términos de crecimiento económico muy pequeños, alrededor del 0,5% del PIB. En términos de generación de empleo, así como de ampliación y diversificación de actividades manufactureras los resultados son por igual muy pobres. Si se excluye el banano, las ganancias de acceso al mercado serían aún menores.
Se entiende entonces, que los ganadores de este proceso serían los grandes comercializadores de banano, los mismos que, como es de conocimiento público, ni siquiera, al menos algunos de ellos, tributan de forma correcta. Hay muchos intereses económicos en juego para mantener el status quo de la “banana republic” o la “no republic”.[15] Con este acuerdo se reforzaría la posición del Ecuador como país productor y exportador de materias primas, lo que debilitaría la estrategia de desarrollo endógeno del país y por cierto mucho más las perspectivas de construir el Buen Vivir.[16]
Recuérdese que el Ecuador goza ya, desde hace muchos años del sistema general de preferencias arancelarias[17] con la UE, lo que facilita el ingreso de sus productos a dicho mercado ; mientras que la UE espera con este acuerdo asegurarse un importante acceso a nuestra economía. En síntesis, la UE tiene mucho más por ganar, mientras que Ecuador pondría en riesgo su futuro.
En la actualidad, además, la UE atraviesa por una grave crisis que marcará su desenvolvimiento en los próximos años. Es importante reconocer que en Europa se quiere resolver la crisis provocada por el neoliberalismo a través de una salida neoliberal. No se puede olvidar que en la UE se ha comenzado a desmontar las leyes laborales, a menoscabar el sistema de pensiones y por cierto el control estatal sobre determinados sectores estratégicos.
En este ambiente se han consolidado otras normas neoliberales en el ámbito de la UE que tendrán repercusiones directas si Ecuador firma un TLC con dichos países. Basta mencionar dos ejemplos, la liberalización del sector servicios propiciada por la Directiva Bolkenstein, o la apertura irrestricta a los productos transgénicos, contraria al Convenio sobre la Diversidad Biológica de Naciones Unidas. Si todas estas visiones neoliberales priman dentro de Europa, lo lógico será que desde allí se trate de exportarlas a otras regiones en función de los intereses europeos. Parece obvio esperar que la UE no firmara nada por debajo o al margen de su marco jurídico.
Europa, además, busca recuperar espacios de competitividad particularmente frente a China asegurándose condiciones ventajosas en terceros países. Los TLC, llámese como sea, son herramientas estratégicas para los intereses europeos. No son de ninguna manera instrumentos de desarrollo para los países atrasados, por más que se diga solemnemente lo contrario.
Amenazas de un TLC con la UE para la Constitución de Montecristi
En estas condiciones, mientras observamos expectantes el avance de las negociaciones con Europa, dejamos constancia de los riesgos que podría cernirse sobre la Constitución de Montecristi y por cierto sobre el Plan Nacional para el Buen Vivir.[18]
La embajadora del Reino Unido, Linda Cross, en entrevista a un diario ecuatoriano, reconoce que una complicación para concretar las negociaciones entre Ecuador y la UE “puede ser la Constitución, por ejemplo, donde hay preferencia para compañías nacionales en sectores estratégicos. No vale la pena entrar a cuatro o cinco rondas de negociaciones y al final que la Corte Constitucional diga que es inconstitucional. Hay que resolver este problema antes de entrar en negociaciones.” (Diario El Universo, Guayaquil, 21.2.2011).
Ver a la Constitución como un problema ratifica claramente los riesgos que se ciernen sobre la carta magna. Podríamos preguntarnos si será acaso que ya se está pensando en reformar la Constitución para adecuarla a la lógica de las negociaciones con la UE o que simplemente vía leyes se tratará de dejar insubsistentes las disposiciones constitucionales.
Teniendo la Constitución en la mano identifiquemos las principales amenazas de un potencial TLC con la UE. Tarea que también deberían asumir todos los funcionarios del Estado.
Para empezar, por el hecho de tener una nueva Constitución las cosas no cambian. Estamos conscientes que “afirmar que la Constitución es garantista y que el constitucionalismo andino es transformador, no significa en la práctica que las instituciones y el gobierno de turno sean consecuentes con los postulados constitucionalistas. No por ser garantista la Constitución significa que la realidad ha cambiado y todas las personas gozan de sus derechos” (Avila 2011).
El punto de partida para abrir estas reflexiones está, entonces, en el primer artículo de la Constitución, en donde se establece que “el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.”[19] Téngase presente que en “el estado constitucional de derecho, la asamblea constituyente somete a través de la Constitución a todos los poderes constituidos”. (Avila 2011).
Este es el punto de partida para entender la significación de la Constitución como marco regulador y orientador de la vida nacional. Desde esta perspectiva habría que rechazar aquella visión que ve a la Constitución como un problema. Esta, por el contrario, debe ser vista como una fortaleza para desarrollar, a partir de ella, no sólo los elementos que permitan construir el Buen Vivir, sino inclusive las bases de una concepción estratégica que permita una adecuada e inteligente participación del país en el contexto internacional, sin sacrificar sus soberanías básicas.
Es importante, en definitiva, poner en marcha los principios, los derechos, las garantías y las institucionalidades previstas en la Constitución. Eso implica apropiarse democráticamente del contenido de la Constitución de Montecristi. Los futuros acuerdos políticos, indispensables para enraizar esta Constitución, tienen como condición innegociable sustentarse en el sentido de país, aportar al Buen Vivir[20] y no sacrificar los intereses nacionales en beneficio particular de personas, gremios y corporaciones ; los privilegios de unos pocos son insostenibles.
El Buen Vivir -en tanto filosofía de vida- abre la puerta para construir un proyecto liberador y tolerante, sin prejuicios ni dogmas. Este es un proyecto que, al haber sumado muchas historias de luchas de resistencia y de propuestas de cambio, al nutrirse de experiencias nacionales e internacionales, se posiciona como punto de partida para construir democráticamente una sociedad democrática.
La tarea ahora es darle vida a la Constitución para transformar estructuralmente la sociedad. Y para lograrlo habrá que identificar todo tipo de amenazas -internas y externas- que se ciernen sobre ella, como podrían ser aquellas derivadas de las negociaciones comerciales con la UE.
La Constitución como punto de partida de las relaciones internacionales
Ningún tratado puede estar por sobre la Constitución. Ningún tratado puede limitar o restringir los derechos establecidos en la Constitución. Así las cosas, ningún acuerdo puede ceder soberanía a organismos de arbitraje internacional o incautar nuestros derechos a la salud, por ejemplo. Si un tratado establece más derechos, que no es normalmente el caso de los TLC, se incorporan a los derechos reconocidos constitucionalmente.
Para empezar la reflexión hay que posicionar un artículo central del Constitución en este tema, el artículo 424 :
“La Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público”.
En consecuencia, tal como se establece en el artículo 417, “los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución”.
En el artículo 419 se norma que la ratificación de dichos tratados,
“requerirá la aprobación previa de la Asamblea Nacional en los casos que (…) 3. Contengan el compromiso de expedir, modificar o derogar una ley. 4. Se refieran a los derechos y garantías establecidas en la Constitución. 5. Comprometan la política económica del Estado establecida en su Plan Nacional de Desarrollo a condiciones de instituciones financieras internacionales o empresas transnacionales. 6. Comprometan al país en acuerdos de integración y de comercio.”
De los tres numerales mencionados del artículo 419 se desprenden severas normas que no podrán ser descuidadas o transgredidas por los negociadores. Además, los acuerdos a los que lleguen los negociadores tienen que ser discutidos y ratificados por la Asamblea Nacional. Es decir que los negociadores e incluso el presidente de la República no pueden suscribir un TLC al margen de los límites establecidos por la Constitución de Montecristi. Estos límites constituyen, en definitiva, infranqueables “líneas rojas” para quienes defienden los intereses del país.
Es más, desde una perspectiva que ve a la Constitución como una fortaleza, habría que priorizar los puntos a discutir en las relaciones internacionales. En ese campo, como punto básico, no solo deben entrar temas económicos. Nuestro país requiere construir vínculos más profundos y duraderos, en los cuales lo económico es un aspecto importante pero no el único.
Desde esa perspectiva uno de los temas que debería estar considerado en cualquier negociación con la UE o los EEUU no puede marginar la cuestión de la migración. A más del importante contingente humano ecuatoriano en dichas regiones, recuérdese que en la Constitución de Montecristi se incorporaron principios fundamentales como son :
“la ciudadanía universal, la libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero como elemento transformador de las relaciones desiguales entre los países” (Artículo 416,6).
La Constitución es explícita en muchos otros puntos, que necesariamente deben servir de referencia para diseñar las relaciones internacionales.
Sin tratar de agotar lo previsto allí, tengamos presente disposición fundamental cuando se trate de negociar temas vinculados a la propiedad intelectual o de la salud, por ejemplo. Allí, en el artículo 421 se establece que :
“la aplicación de los instrumentos comerciales internacionales no podrá menoscabar, directa o indirectamente, el derecho a la salud, el acceso a medicamentos, insumos, servicios, ni los avances científicos y tecnológicos”.
En la Constitución se prohíbe la vigencia de arbitrajes internacionales. En el artículo 422 se establece que :
No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privada.”
Con esta disposición no se pretende simplemente recuperar espacios de soberanía económica y por cierto jurídica. Lo que se busca es establecer un sistema que asegure una verdadera equidad para inversionistas extranjeros y nacionales. No es posible que solo los inversionistas de fuera del país gocen de la protección de esquemas de arbitraje en caso de disputas con el Estado. Esto, por cierto, implica una profunda reestructuración de la justicia en el Ecuador siguiendo lo que dispone la Constitución de Montecristi, sin “meterle la mano la justicia” como lo hace el presidente Correa.
La seguridad jurídica debe ser para todos, es decir para la sociedad en su conjunto, para las comunidades, para el Estado y sus empresas, por cierto para la Naturaleza, no sólo para el capital privado. Esta seguridad jurídica de nuevo cuño de darse a partir de la premisa de que en este país el eje es el ser humano viviendo en armonía con la Naturaleza, lógica que debe normar los acuerdos y convenios internacionales.
Desde la Constitución también se propone un nuevo sistema de comercio e inversión, así como el control internacional a las corporaciones multinacionales y la creación de instrumentos internacionales para la conservación y regeneración de la Madre Tierra.[21]
Volviendo al mencionado ya artículo 416, se establece que :
“Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores, y en consecuencia :
1. Proclama la independencia e igualdad jurídica de los Estados, la convivencia pacífica y la autodeterminación de los pueblos, así como la cooperación, la integración y la solidaridad.
7. Exige el respeto de los derechos humanos, en particular de los derechos de las personas migrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el cumplimiento de las obligaciones asumidas con la suscripción de instrumentos internacionales de derechos humanos.
12. Fomenta un nuevo sistema de comercio e inversión entre los Estados que se sustente en la justicia, la solidaridad, la complementariedad, la creación de mecanismos de control internacional a las corporaciones multinacionales y el establecimiento de un sistema financiero internacional, justo, transparente y equitativo. Rechaza que controversias con empresas privadas extranjeras se conviertan en conflictos entre Estados.
13. Impulsa la creación, ratificación y vigencia de instrumentos internacionales para la conservación y regeneración de los ciclos vitales del planeta y la biosfera.”
Hay que recordar una y otra vez que uno de los puntos cruciales dentro de un TLC es el que tiene que ver con la apertura comercial a productos alimenticios y agrarios en general. Debemos tener en cuenta que la producción agrícola es mucho más que la producción de una mercancía. Es, más bien, un modo de vida. Es el fundamento básico para la preservación de opciones culturales, es una forma de ocupación del territorio, define modalidades de relación con la Naturaleza, tiene que ver directamente con los temas críticos de la seguridad y la soberanía alimentaria. Por lo tanto, no puede ser tratada como cualquier otra actividad económica o cualquier producto.
En el Ecuador, artículo 281 de la Constitución :
“la soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente.”
Téngase presente, por igual, que la Constitución, en su artículo 284, numeral 6, dispone : “promover la preservación y recuperación de la agrobiodiversidad y de los saberes ancestrales vinculados a ella ; así como el uso, la conservación e intercambio libre de semillas.”
Allí también en el artículo 284, numeral 8, se habla de la necesidad de “adoptar políticas fiscales, tributarias y arancelarias que protejan al sector agroalimentario y pesquero nacional, para evitar la dependencia de importaciones de alimentos.”
Y en el numeral 9, se habla de “regular bajo normas de bioseguridad el uso y desarrollo de biotecnología, así como su experimentación, uso y comercialización.”
En los TLC, como se ha visto en el caso mexicano, la apertura comercial provoca duros golpes al abastecimiento soberano de alimentos y masivas destrucciones en la estructura productiva agraria, particularmente de los campesinos. Además, México, atado al TLC con los EEUU desde hace ya más de 15 años, fue el país que mayores impactos registró durante la reciente crisis económica internacional, precisamente por la excesiva dependencia del mercado norteamericano[22].
La cuestión de la propiedad intelectual es otro asunto complejo. Con la introducción de un sistema de patentes dentro de la lógica de los TLC se podría contradecir el artículo 322 que :
“prohíbe toda forma de apropiación de conocimientos colectivos, en el ámbito de las ciencias, tecnologías y saberes ancestrales. Se prohíbe también la apropiación sobre los recursos genéticos que contienen la diversidad biológica y la agrobiodiversidad.”
No se puede tampoco minimizar las amenazas de este tipo de acuerdos para la soberanía económica del país en su conjunto ; tema ampliamente tratado en el capítulo cuarto de la Constitución[23]. Así, por ejemplo, los TLC, se conoce hasta la saciedad, establecen límites para que los Estados puedan utilizar las compras públicas a plenitud como una herramienta básica de la política económica, fundamental para el fomento de la producción nacional y la creación de empleo.
Si se suscribe un TLC con la UE, se correría el riesgo de afectar el artículo 288 de la carta magna ecuatoriana :
“Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.”
La lista de aspectos que podrían entrar en contradicción con la Constitución es enorme. Bastaría revisar el artículo 304 relativo a la política comercial[24], o el artículo 306 que tiene que ver con el control y fomento de exportaciones e importaciones con criterios ambientales. El manejo de los sectores estratégicos, artículo 313, tampoco estaría libre de estas amenazas, si recordamos que en los TLC se busca propiciar la privatización de las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el agua[25].
En definitiva, las complicaciones derivadas de las negociaciones de un TLC con la UE podrían ser por igual múltiples para el régimen del Buen Vivir, título VII de la Constitución. Bastaría con revisar los artículos relativos a la educación (348 y 352 o 356), la salud (artículo 362), seguridad social (367), biodiversidad (artículo 395, 400, 401[26], 402, 403).
Las fortalezas de la Constitución
En síntesis recordemos los principios más relevantes que constituyen el espíritu y la letra de la Constitución de Montecristi, en concreto de los artículos anotados anteriormente, que apuntan a la configuración de los contenidos que deben orientar las políticas de integración, de comercio exterior y por cierto de inserción de nuestro país en el mundo. Es decir, es indispensable ver a la Constitución como una poderosa herramienta a partir de reconocer que
• La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico.
• Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución y sólo serán legítimos si es que reconocen, promueven o protegen derechos fundamentales.
• La ratificación o denuncia de los tratados internacionales de comercio requerirá la aprobación previa de la Asamblea Nacional.
• Los instrumentos comerciales internacionales no afectarán, directa o indirectamente, el derecho a la salud, el acceso a medicamentos, insumos, servicios, ni los avances científicos y tecnológicos. Si lo hacen, al ser inconstitucionales, no son aplicables.
• La imposibilidad de celebrar tratados internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional.
• La independencia e igualdad jurídica de los Estados.
• La soberanía nacional, la integración latinoamericana y una inserción estratégica en el contexto internacional, que contribuya a la paz y a un sistema democrático y equitativo mundial.
• La política de integración en base a la cooperación, la integración y la solidaridad.
• La defensa del principio de ciudadanía universal.
• El intercambio justo y complementario de bienes y servicios en mercados transparentes justos y eficientes.
• El consumo social y ambientalmente responsable.
• La priorización de los productos y servicios nacionales en materia de compras públicas.
• El desarrollo, fortalecimiento y dinamización de los mercados internos, así como la producción nacional.
• La prohibición de las prácticas monopólicas y oligopólicas.
• La regulación, control e intervención estatales, cuando sea necesario, en los intercambios y transacciones económicas
• La promoción de la creación de mecanismos de control internacional a las corporaciones multinacionales y el establecimiento de un sistema financiero internacional, justo, transparente y equitativo.
• La soberanía alimentaria como objetivo estratégico del país.
• Políticas fiscales, tributarias y arancelarias de protección a producción nacional.
• Regulación bajo normas de bioseguridad del uso y desarrollo de biotecnología, así como su experimentación, uso y comercialización.
• La vigencia efectiva de los Derechos de la Naturaleza.
• Sanción de los daños ambientales y su causa no prescribirá.
• Gratuidad de la salud y la educación.
• Rescate y vigencia de los conocimientos y sabidurías ancestrales.
• Desarrollo y transferencia del conocimiento científico y tecnológico.
• Participación ciudadana como derecho individual y colectivo, sobre todo cuando se discuten de interés nacional como sería la negociación con la UE, la misma que tiene que ser totalmente transparente.
Sería una gran miopía política y un grave error estratégico considerar que porque estos principios básicos se encuentran escritos en la Constitución la realidad ya está transformada o que ésta no puede ser amenazada por un TLC con la UE. Es más, si se avanza en la suscripción de un TLC con la UE se podría reabrir la puerta del TLC con los EEUU, algo que sería realmente intolerable.[27]
El cuestionamiento al TLC con la UE o los EEUU no cierra las puertas a otros tratados internacionales, sean bilaterales o multilaterales, siempre que éstos no constituyan la imposición de condiciones adversas al desarrollo nacional y regional, menos aún que se transformen en obstáculos para construir el Buen Vivir.
El Ecuador debe multiplicar sus esfuerzos para insertarse activa e inteligentemente en el mundo. La tarea es establecer vínculos con la mayor cantidad de economías relevantes a más de las economías vecinas, por ejemplo con China e India ; así como, con economías con similares niveles de desarrollo, en las que la complementariedad lleve a beneficios mutuos. También, hay que comerciar con los mismos EEUU[28] y la UE[29], pero no bajo la lógica de igualdad de condiciones como plantean los TLC (las diferencia en los niveles tecnológicos y de competitividad con Ecuador son muy grandes) ; aquí caben acuerdos donde primen los aspectos de cooperación norte-sur y diálogo político, no al revés, sirviendo de “tontos-útiles” en donde los productos y servicios de los países desarrollados son los grandes ganadores Hay que buscar una sostenida diversificación de las exportaciones, no depender de pocos mercados y menos aún de uno solo. El comercio debe orientarse y regularse desde la lógica social y ambiental, no exclusivamente desde la lógica de acumulación del capital.
En este punto quizás convendría recuperar la recomendación de John Maynard Keynes (1933) :
Yo simpatizo, por lo tanto, con aquellos quienes minimizarían, antes que con quienes maximizarían, el enredo económico entre naciones. Ideas, conocimiento, ciencia, hospitalidad, viajes – esas son las cosas que por su naturaleza deberían ser internacionales. Pero dejen que los bienes sean producidos localmente siempre y cuando sea razonable y convenientemente posible, y, sobre todo, dejemos que las finanzas sean primordialmente nacionales.
El ser humano es el sujeto y fin del sistema económico y de la política económica.[30] De lo anterior se desprende, por ejemplo, que un acuerdo comercial no puede poner en riesgo la soberanía alimentaria, la salud, la soberanía energética, los derechos de propiedad intelectual, las compras públicas, ni el empleo del país.
Con la crítica al TLC no se cierra la puerta a aquella inversión extranjera que puede contribuir al desarrollo nacional. Pero tampoco se acepta que toda la inversión nacional se ajusta a las necesidades de dicho desarrollo, pues, no podemos ocultar, que parte importante de la pobreza y el atraso nacionales se debe a una sistema de acumulación de capital rentístico, oligopólico e incluso oligárquico, que aún se mantiene luego de cuatro años de gobierno del presidente Correa. Ya lo dijo en el año 2006 el ahora presidente Correa :
Una verdadera política de desarrollo, en lugar del simplismo del libre comercio en función de ‘ventajas comparativas’, necesariamente implica una política industrial implícita o explícita, que promueva las industrias viables y que las proteja hasta haber logrado las economías a escala y/o externalidades positivas que les permitan competir en el mercado internacional.
Ya con la dolarización perdimos una herramienta fundamental de política económica, los TLC nos llevarían a perder otras herramientas fundamentales, como son, entre otras, la política arancelaria y la política de compras públicas. Con esta miopía económica, no se alcanzarán los objetivos de la política económica establecidos en el art. 284 de la Constitución :
“2. Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la integración regional ; 6. Impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los derechos laborales ; 7. Mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo ; 8. Propiciar el intercambio justo y complementario de bienes y servicios en mercados transparentes y eficientes.”
Concluyamos recordando nuevamente lo que manifestaba Rafael Correa en el año 2006 :
“en la toma de decisiones con riesgo, todo es cuestión de probabilidades, y aferrarnos a la existencia de ‘oportunidades’, independientemente de las escasas probabilidades de éstas, es simplemente un absurdo económico.”
En este sentido, dar paso a un TLC afectando la Constitución de Montecristi, aquel proyecto de vida en común para construir el Buen Vivir, sería ir en la dirección contraria a los principios que inspiraron -al menos en una primera etapa- el proyecto de la “revolución ciudadana”.-
Notas
Un texto preliminar de esta artículo fue publicado en :
REBELIÓN, www.rebelión.org/noticia.ph.... Feb/2011
FOBOMADE, www.fobomade.org.bo/art-1124. Abril/2011
[1] Este texto se tomó del artículo de Rafael Correa : El sofisma del libre comercio, que sirvió de prólogo del libro de Alberto Acosta, Fander Falconí, Hugo Jácome y René Ramírez ; El rostro oculto del TLC, Abya-Yala, Quito, 2006.
[2] Ver la carta de Méntor Villagómez, jefe negociador comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, a Gaspar Frontini, jefe negociador comercial de la UE.
[3] A principios del 2010, como una muestra más de la ausencia de una estrategia de largo plazo inclusive en el campo de la producción, se empezó a desmantelar las salvaguardias por desequilibrios de balanza de pagos aprobadas para enfrentar la crisis que empezó a fines de año 2008 ; estas medidas proteccionistas dieron algunos resultados positivos al alentar la actividad de algunos segmentos productivos, como el textil y del cuero.
[4] En la actualidad un 80% de la población vería con buenos ojos los convenios de tipo TLC, cuando en el año 2006 este apoyo no llegaba al 35% (Perfiles de Opinión).
[5] Ver declaraciones de Javier Díaz, presidente de la Asociación de Industriales Textiles en Buró de Análisis Informativo, 11 de enero del 2011, http://www.burodeanalisis.com/2011/... Hay otros analistas, como Walter Spurrier, que afirman que la “probabilidad es que cuando se las renueve (a las ATPDEA, NdA) será por una última ocasión, en el contexto de una restructuración de la política comercial de los EE.UU. hoy en desorden, y que incluiría la ratificación del TLC con Colombia. Las opciones van reduciéndose para que el Ecuador retenga su acceso preferencial al mercado de los EE.UU.” (Ver Análisis Semanal del 3.3.2011)
[6] Sobre el tema se puede consultar en Gudynas y Acosta (2011), Acosta y Martinez (2011) o Acosta y Martinez (2010 a, 2010b, 2010c, 2010d, 2010e.)
[7] Además, habría que tener presente que este tipo de acuerdos comerciales son esencia portadores de lo que José María Tortosa (2010) define como “maldesarrollo”
[8] “Se utiliza el rótulo de extractivismo en sentido amplio para las actividades que remueven grandes volúmenes de recursos naturales, que no son procesados (o que lo son limitadamente), y pasan a ser exportados.” (Eduardo Gudynas). Sobre el tema del extractivismo se puede consultar el texto del autor (2009).
[9] Consultar en Gudynas (2009ª), Acosta (2011) y Acosta y Martinez (2011), incluso en Acosta (2008)
[10] Entendemos como “terrorismo económico” ¬técnicamente hablando- la acción de cualquier persona o institución, político o publicación, gobernante u organismo que difunde noticias u opiniones infundadas o carentes de constatación empírica que pueden llevar a la población a actitudes que hagan realidad el rumor que han corrido o que alienten la aceptación de posiciones sumisas frente a situaciones supuestamente inevitables. Esto, por ejemplo, sucedió cuando de manera irresponsable o tendenciosa se amenazó diciendo que estábamos “con un píe en la hiperinflación” para imponer la dolarización en el año 2000.
[11] Parece que ese mensaje caló en la ministra coordinadora de la Producción, Nathalie Cely. Cuando a ella se le preguntó si ¿entra en las negociaciones el tema migratorio ?, ella respondió : “No se le puede pedir a los países de la Unión Europea que irrespeten sus Constituciones, así como nosotros no irrespetaremos la nuestra. No podemos ser otra cosa que recíprocos. No podemos sentar a los europeos a tratar temas migratorios, no son de competencia. Eso es utópico.” En la misma entrevista, la ministra dijo, preocupada por la pérdida de las ATPDEA, que “la situación se complica con casos como el de la (sentencia a la, NdA) petrolera Chevron que es una empresa muy importante con muchas redes de lobby entre congresistas americanos”. Diario Expreso, Guayaquil, 23 de febrero del 2011, http://www.diario-expreso.com/edici...
[12] Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), de la OMC, negociado en la Ronda Uruguay (1986-94), incorporó por primera vez normas sobre la propiedad intelectual en el sistema multilateral de comercio. En este tipo de acuerdos ADPIC plus las pruebas de datos llegan a 25 años, cuando en la legislación europea están en los 15 años.
[13] A más del texto mencionado anteriormente, se podría recordar, entre otros muchos aportes, el de Alberto Acosta y Fander Falconí (editores), TLC – Más que un tratado de libre comercio, ILDIS-FLACSO, Quito (2005).
[14] Centro de Estudios Distributivos, Laborales y Sociales de la Universidad de La Plata de Argentina.
[15] Correa, Rafael ; Ecuador : de Banana Republic a la No República, Debate, Bogotá, 2009.
[16] El Plan Nacional para el Buen Vivir orienta sus contenidos hacia la generación de riqueza y redistribución bajo condiciones post-petroleras, bajo opciones que engloba bajo los rótulos de bioconocimiento y servicios turísticos (expresados, por ejemplo, bajo la metáfora de una “biópolis ecoturística”).
[17] Un SGP es un instrumento de política comercial no recíproco utilizado por los países desarrollados en su comercio con los países subdesarrollados. Su objetivo real, más a allá del discurso de que con los SGP se quiere apoyar a los países empobrecidos, es asegurarse mercados y el suministro de materias primas o productos elaborados con abundante mano de obra barata. Entre otros, los siguientes países otorgan programas SGP : Australia, Canadá, EEUU, Japón, Rusia y la misma UE.
[18] En el año 2005, gracias a la movilización popular, se paró el TLC con los EEUU. Como se afirmó en el Plan de Gobierno del Movimiento País 2007-2011, redactado en el año 2006, como plataforma electoral del presidente Correa, “debido a los importantes efectos negativos advertidos y a la irreversibilidad de la medida, rechazamos el TLC que se está negociando con los EEUU y cuya negociación se suspendió gracias a la movilización popular, encabezada por diversas organizaciones indígenas. Alianza País agotará sus esfuerzos para inviabilizar la concreción de este tratado, visiblemente inconveniente para el país, durante el presente año y a partir de enero del 2007, desde el gobierno, rechazará cualquier posible negociación de este TLC o no lo cumplirá en el caso de que haya sido impuesto arbitrariamente al pueblo ecuatoriano.”
[19] Con el fin de comprender el alcance de esta definición se sugiere consultar el texto de Baoventura de Souza Santos (2010).
[20] Ramírez (2010), Acosta (2010).
[21] El artículo 71 expresamente reconoce a la Naturaleza como sujeto de derechos. Un paso revolucionario a nivel mundial. Otros temas importantes en esta materia se los desarrolla en los artículos 72 y 73. Sobre este tema se puede consultar en Acosta 2011, Acosta y Martínez 2009a, así como Gudynas 2009.
[22] Anótese que Chile y México tienen ya un TLC con la UE. El primero de estos países, en el tiempo de duración de este acuerdo, ha visto como disminuyó el número de sus productos agrícolas exportados a la UE, mientras que el segundo pasó de ser superavitario en el comercio de productos agrícolas a deficitario.
[23] Sobre el tema de las soberanías en plural, entre muchos otros aportes disponibles, se puede consultar en Acosta y Martínez 2010a.
[24] Véase otro artículo, el 335, que establece disposiciones para alentar el comercio justo y el intercambio económico alejadas de las lógicas perversas del mercado a ultranza : “El Estado regulará, controlará e intervendrá, cuando sea necesario, en los intercambios y transacciones económicas ; y sancionará la explotación, usura, acaparamiento, simulación, intermediación especulativa de los bienes y servicios, así como toda forma de perjuicio a los derechos económicos y a los bienes públicos y colectivos. El Estado definirá una política de precios orientada a proteger la producción nacional, establecerá los mecanismos de sanción para evitar cualquier práctica de monopolio y oligopolio privados, o de abuso de posición de dominio en el mercado y otras prácticas de competencia desleal.”
[25] Artículo 12 : “El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.” Artículo 314 : “El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley.”
[26] En este artículo “se declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas.”
[27] En el mencionado Plan de Gobierno del 2006 el Movimiento País o Alianza País se comprometió para “cuando seamos gobierno a asumir el mandato popular como una votación en contra del TLC y desde esa perspectiva se derogará todo tratado económico o de otro tipo que sea inconveniente al interés nacional.”
[28] Para complementar esta información téngase presente que las exportaciones de Ecuador a los EEUU representaron el 39,8% en el año 2010, y las importaciones desde dicho país el 27,8%.
[29] En el mismo año 2010, las exportaciones ecuatorianas a la UE representan un 12,9% del total y las importaciones desde la UE un 9,8%.
[30] Esto se ha tratado ampliamente en la literatura especializada, por ejemplo Coraggio (2004). En la Constitución se establece con claridad en su artículo. 283, que “El sistema económico es social y solidario ; reconoce al ser humano como sujeto y fin ; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza ; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir. El sistema económico se integrará por las formas de organización.”
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Notes
[1] Profesor-investigador de FLACSO-Ecuador. Ex presidente de la Asamblea Constituyente y ex ministro de Energía y Minas